domingo, 29 de noviembre de 2015

Identificación de los Derechos Humanos como fundamento de la convivencia y paz social

Los Derechos Humanos son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada

• Características

Los Derechos Humanos reúnen cuatro características básicas:

  1. Inalienables: porque acompañan inseparablemente a la misma naturaleza del ser humano, son elementos fundamentales de su existencia como humano. No puede desprenderse de ellos; podrá ignorarlos, desconocerlos, pero jamás dejará de ser dueño de sus derechos.
  2. Inviolables: porque la violación a cualquiera de los derechos fundamentales del hombre pondría en serio peligro la realización de la persona, su desarrollo armónico y su proceso continuo de humanización.
  3. Universales: porque pertenecen a todo ser humano, independientemente de cuál sea su color, su raza, su nacionalidad, su lengua, su cultura, su clase social, su sexo, su condición anímica o de salud. Han estado y estarán presentes en todos los hombres y mujeres de todos los tiempos. Aunque el ser humano ha ido tomando conciencia de su existencia a través de la historia.
  4. Obligatorios: porque afectan al conjunto de la humanidad, incluyendo en ella a las generaciones futuras por pertenecer simplemente a la gran familia humana. Sin esos valores no se puede vivir como seres humanos.
  5. A estos derechos fundamentales los llamamos Derechos Humanos, no porque los haya inventado el hombre, sino porque están inscritos en la misma naturaleza humana, en el mero hecho de ser persona.

• Clasificación

La filosofía del derecho describe tres momentos históricos en el reconocimiento de los derechos humanos. Los derechos surgidos en cada uno no reemplazan a los anteriores sino que agregan nuevas categorías que amplían el concepto y lo perfeccionan.
Desde el siglo XVIII hasta principios del siglo XX, la filosofía del derecho sólo reconocía los derechos civiles e individuales. Estos derechos, actualmente llamados de primera generación consideran a la persona como un individuo dotado de libertad y autonomía.
Derechos de primera generación:
Surgen con la Revolución Francesa como rebelión contra el absolutismo del monarca. Se encuentra integrada por los denominados derechos civiles y políticos. Imponen al Estado respetar siempre los Derechos Fundamentales del ser humano (a la vida, la libertad, la igualdad, etc.), llamados DERECHOS CIVILES E INDIVIDUALES

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